La libertad no se exporta
Durante todo el siglo XVIII muchos pensadores y filósofos se
dedicaron a reflexionar sobre el poder al margen de la religión, o más bien
deberíamos decir en contra de la Iglesia Católica, ya que afectó bastante poco
a la estructura de poder de los países protestantes, donde ya se había
producido una fractura total de la unidad política religiosa y la estructura
organizativa había pasado a depender del príncipe de turno. Para muchos es el
comienzo de la libertad, para otros el llamado siglo de la ilustración por
dicha reflexión sobre la libertad.
Es cierto que también se avanzaron en otros campos de las
ciencias, o al menos dichos avances fueron por primera vez públicos y bien
considerados. Me viene a la mente el caso de Jerónimo de Beaumont; militar,
inventor y noble del siglo XVI y XVII que diseñó maquinas a vapor, tornillos
sin fin, potabilizadores de agua y otros muchos ingenios pero que nadie siguió
su obra por considerarse una actividad poco adecuada para los nobles en su
tiempo.
Sea como fuere la ilustración, en lo político, del siglo
XVIII acabó en dos baños de sangre: uno corto y exitoso y otro largo y que
acabó en un estrepitoso fracaso.
El primero empezó 16 de diciembre de 1773 con el denominado
Motín del té. Culminó en el Tratado de París se firmó el 3 de septiembre de
1783. Pasando por la declaración de independencia de las trece colonias el 4 de julio de 1776. Aunque en realidad su culminación
exitosa fue con la creación de la primera (por ahora única, pese a las varias
enmiendas) Constitución de los Estados Unidos de América ratificada el 21 de
junio de 1788. Una constitución y un nombre pensado para extenderse de Alaska a
tierra de Fuego. Un sistema que puede no ser perfecto y que pasando de la
teoría de Montesquieu de la separación de poderes se basa más bien en la
compensación de poderes, haciendo que unos poderes se interrelacionen con otros
y se contrapesen de forma que ninguno de ellos pueda tomar el poder absoluto.
Siguiendo con las prácticas consuetudinarias anglosajonas,
en Estado Unidos, no podemos hablar de una separación real de poderes. No solo
porque el tribunal supremo lo nombre el Presidente aunque sea sometido a la
aceptación del Congreso. También porque los jueces, cualquier juez, con sus
sentencias crean precedentes con valor de ley. El juego de vetos y contra vetos
entre el legislativo y el ejecutivo, la posibilidad de legislar del ejecutivo
mediante orden presidenciales, la de cualquier juez de paralizar una ley, sea
del congreso o una orden presidencial, planteándole s constitucionalidad al
supremo… todo ello hace que no podamos hablar de separación sino de interrelación
de poderes, buscando el que ninguno sea lo bastante poderoso como para
imponerse a los demás.
El segundo caso empezó 17 de junio de 1789 cuando parte de
los estados franceses, la parte de la burguesía representada en el tercer estado,
se constituyó en Asamblea Nacional y tras su disolución por orden del rey se
reunió en un recinto dedicado a una variante del tenis o del frontón (según
fuentes) para constituirse en Asamblea Nacional. Su revolución fue bastante más
idealista y como tal condenada al fracaso. La supuesta libertad y democracia
que iba a traer a la nación acabo en la dictadura del Terror de Robespierre y
su Comité de salud Pública, del que él mismo fue víctima. Para acabar pasando
de un absolutismo blando a la dura tiranía el primer imperio napoleónico o el
absolutismo duro de la posterior restauración. Pese a la fama y los muchos
fallos el absolutismo borbónico estaba moderado por los condicionantes
históricos. Derechos (sobre todo fiscales) de muchos territorios, leyes
particulares y privilegios históricos hacían que el poder de los reyes no fuera
tan absoluto como mantienen los historiadores. La revolución Francesa, en una
primera fase, eliminó todas esas antiguas leyes en Francia. Las guerras
napoleónicas extendieron la eliminación de las mismas a toda Europa, fueran
países conquistados, invadidos desde la alianza o asociados tras una derrota,
mantuvieran o no a sus anteriores dirigentes. Así pues en España fue el rey
José I el que derogó todos los antiguos fueros que permanecían, eliminó los
impuestos nobiliarios e igualó a todos los españoles residieran dónde
residiesen. Y eso se aplicó tanto a la España Europea como a la Americana o
Asiática. Fue sobre esa base (y no sobre la constitución de 1812) sobre la que
Fernando VII estableció su poder absoluto en 1823 con el apoyo de tropas venidas
de Francia. Pero también fueron las derogaciones de leyes impuestas por
Napoleón a la Confederación del Rin tras la disolución del Sacro Imperio Romano
Germánico, o a Austria, y la mediatización de la nobleza de dichos territorios
(dejándoles algunos privilegios pero eliminándoles el poder efectivo) las que
permitieron que los reyes de Prusia o el emperador de Austria se constituyesen
en poderes casi absolutos hasta su caída en la primera guerra mundial.
Este segundo caso no solo fue un fracaso total, sino que no
extendió, en la práctica, la libertad por Europa, por mucho que algunos lo
indiquen, como mucho favoreció la extensión de unas ideas, que tomaron vigor al
ser reprimidas.
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